El día 24 de Septiembre se realizó la segunda clase del Diplomado en Justicia Laboral y Género, impartido por la Abogada Paola Carranza .
El tema desarrollado en la segunda jornada fue el Trabajo a Domicilio, el cual es una categoría en base a la cual se define toda aquella actividad laboral realizada por la persona en su domicilio, distintos a los locales de trabajo del empleador o empleadora. Este trabajo es realizado a cambio de un salario que generalmente está constituido a partir de la cantidad de unidades producidas por la persona trabajadora y se ejecuta con el objetivo de elaborar un producto o prestar un servicio según las indicaciones dadas por el empleador o empleadora.
Otra peculiaridad del trabajo a domicilio es que la persona trabajadora organiza su jornada laboral, en base a la cantidad de producción que se ha comprometido a entregar al empleador o empleadora, lo que hace que muchas veces las personas que trabajan bajo este esquema, excedan sus jornadas laborales más allá de las establecidas por la legislación laboral.
El trabajo a domicilio es invisibilizado, es decir no se reconoce, existe poca investigación sobre el mismo y su regulación dentro de la normativa legal de los países, adolece de limitaciones, esto permite la vulneración de los derechos laborales de las personas insertas en esta actividad. Por lo que los y las trabajadoras no tienen prestaciones laborales.