El pasado 31 de Julio, La Asociación Mujeres Transformando, el Comité Municipal de Trabajadoras de Santo Tomás (CMTM) y El Sindicato de Trabajadoras de Bordado a Domicilio (SITRABORDO), denunciaron ante los medios de comunicación los obstáculos identificados a la hora de ejercer a la justicia en el órgano Judicial y las constantes violaciones que ejercen estas empresas en las mujeres trabajadoras de maquilas y en las bordadoras a domicilio.
En relación al acceso a la justicia para las mujeres que laboran en el sector textil, hemos identificado que no existe un criterio para poder establecer una resolución favorable, dichas resoluciones son resultado de procesos burocráticos e investigaciones deficientes que abonan a las constantes y sistemáticas violaciones que reciben las trabajadoras en las maquilas y las bordadoras a domicilio.
En cuanto a la Ley de Zonas Francas y Depósitos para el perfeccionamiento Activo, esta ley permite que las empresas gocen de ciertos beneficios fiscales, evadiendo la responsabilidad y deberes a cumplir. El Art. 29.de dicha ley menciona: – Los beneficiarios de la presente Ley deberán cumplir:
- a) Con las Leyes, Reglamentos y otras disposiciones legales de carácter laboral y de seguridad social, a favor de los trabajadores, que incluyen: 1) El derecho de asociación; 2) El derecho de sindicalización; 3) Prohibición de trabajo forzoso o cualquier forma de trabajo compulsivo; 4) Edad mínima para el trabajo de menores; 5) Condiciones de trabajo aceptables con respecto a salario mínimo, horas de trabajo, salud y seguridad ocupacional y todas aquellas necesarias para el buen desenvolvimiento del trabajador en el desarrollo de sus labores;
- b) Pagar indemnización, aguinaldo y vacación proporcional en la forma y cuantía establecida en el Código de Trabajo y de prestaciones de carácter laboral a todos los trabajadores que resultaren afectados en caso de cierre total o parcial de la empresa o establecimiento;
- c) En caso extraordinario de cierre total sin justificación alguna de las operaciones de la empresa, los activos de la misma servirán preferentemente para cancelar el pasivo y demás obligaciones laborales, sin perjuicio de la sanción administrativa correspondiente
A partir de la recepción de las denuncias se evidencia que hay una clara violación e incumpliendo dicha Ley, esta propicia beneficios fiscales a las empresas, generando ganancias millonarias y someten a la clase trabajadora a condiciones laborales precarias y abusos constantes hacia las trabajadoras.
A la fecha, algunos de los derechos violentados son: aumento en las altas metas de producción, hostigamiento por ejercer el libre derecho a la sindicalización y organización, el no pago del salario establecido, despidos masivos en épocas específicas, discriminación por edad, eliminación de los bonos, acoso sexual y físico, el no permiso de asistir a las citas médicas, amenazas constantes de cierre de las maquilas. En el caso de las bordadoras a domicilio: persecución laboral, malos tratos por parte de las personas supervisoras, no cuentan con un contrato laboral mucho menos con salario mínimo, no reciben ninguna prestación de ley por parte de las siete empresas que trabajan en la modalidad de trabajo a domicilio, siendo estas de capital salvadoreño.
En cuanto a la modalidad de trabajo a domicilio, se identificaron siete empresas de origen salvadoreño: Industrias Margareth S.A de C.V, Velásquez Soto S.A de C.V, Jacabi. S.A de C.V, Handwords S.A de C.V, Konfetty S.A de C.V, Excelent Seams S.A. de C.V. Las empresas antes mencionadas niegan la relación laboral permanente con las trabajadoras de bordado a domicilio, como por ejemplo: la empresa Konffetty S. A de C.V, les descuenta renta a las trabajadoras como prestación de servicio profesionales con el objetivo de evadir la relación laboral ocultando una relación laboral permanente y constante para dicha empresa.
Actualmente el salario mensual en el sector textil es de US$295.00 y el de las bordadoras a domicilio – quienes trabajan en este sector – aproximadamente es US$ 56.00 mensuales, existe una inmensa brecha salarial para cientos de mujeres en su mayoría rurales que producen prendas en jornadas que van entre las 12 y las 16 horas laborales, y que generan riqueza al empresariado y aportan con su trabajo a la economía de este país. Ante la aprobación del aumento salarial surgen acciones desestabilizadoras y malintencionadas que atentan psicológicamente con la salud de las personas trabajadoras, existen constantes amenazas de cierres de las empresas y de despidos, aumento de las metas diarias, el no pago de las horas extras, la eliminación de bonos, siendo estas acciones perjudiciales a la persona trabajadora y violatoria de derechos humanos de carácter universal.
Ante lo expresado DEMANDAMOS:
- Al órgano Judicial e Instituciones Estatales que supervisen, realicen las inspecciones necesarias y que sancionen a todas las empresas que incumplen sus obligaciones y sobre todo a quienes no brinde las condiciones adecuadas para la realización del trabajo en las maquilas y en la modalidad del trabajo a domicilio.
- A la Asamblea Legislativa, específicamente a la Comisión de Trabajo y Previsión Social de reformar el Código de Trabajo en el régimen especial de trabajo a domicilio (Art. 71 al 75), exigimos a los Diputados y Diputadas retomar dicha propuesta con el único fin de beneficiar a las personas que laboran bajo la modalidad de trabajo a domicilio
- En cuanto a la ratificación del Convenio 177 de la OIT, exigimos a las Instituciones correspondientes inicien los pasos necesarios para la pronta ratificación de dicho Convenio, todo lo antes expresado para que las trabajadoras de bordado a domicilio gocen de un salario digno y tengan una situación análoga a la de cualquier otra persona trabajadora
- A las empresas textiles, mencionarles que como organización estamos vigilantes ante todas las acciones de discriminación y violencia sobre las trabajadoras. Ante estos hechos, nosotras no nos quedaremos calladas, denunciaremos y presentaremos casos que comprueben las violaciones y las malas condiciones en las cuales están las trabajadoras y trabajadores. A las marcas se les hace un llamado de estar vigilantes ante las pésimas condiciones que viven las mujeres en su mayoría para fabricar los productos que se comercializan a nivel mundial y de esta manera convirtiendo en acción y verdad el discurso de la responsabilidad social empresarial.
San Salvador, 31 de Julio 2017
¡JUNTAS POR NUESTROS DERECHOS!
Actividad financida por Brücke Le Pont, Gobierno de Navarra, SETEM Navarra, y FCAM