Mujeres Transformando

Conferencia de prensa «Maquilas: zonas de explotación»

Esta mañana se realizó una conferencia de prensa , en donde se denunció diferentes violaciones a los derechos humanos de las trabajadoras en el sector textil.

A continuación compartimos el comunicado de prensa:

La Asociación Mujeres Transformando, y El Sindicato de Trabajadoras de Bordado a Domicilio de El Salvador (SITRABORDO), en el marco del Día Internacional de la Mujer denuncian una serie de violaciones constantes que reciben las mujeres trabajadoras de maquila y las trabajadoras a domicilio.

En El Salvador existen 17 zonas francas  que albergan a más de 200 empresas de diversos rubros entre los cuales podemos destacar: textil, confección, centros de distribución, centros de contacto, agroindustria, agropecuario, electrónica, etc.

Según datos de la Cámara de la Industria Textil y Confección (CAMTEX), se  establece que el sector textil  hasta el mes de noviembre 2015, generó 73,352 empleos directos, registrados por el Instituto Salvadoreño de Seguro Social (ISSS),  en actividades propias de la fabricación de hilados, tejidos, artículos textiles y prendas confeccionadas, dicho sector representa el 46% del empleo directo de la Industria manufacturera. Para el 2015 las exportaciones se  incrementaron en un 6.2%, lo cual se traduce a $149 millones más con respecto al 2014, posicionándose como el sector más importante en exportaciones. Estos datos que en principio parecían de gran beneficio económico para el país, no se traducen en mejoras de condiciones laborales para las personas trabajadoras  que su quienes con su trabajo generan estas ganancias, además recordar que estas empresas no pagan ningún tipo de impuesto por importar su materia prima  y exportar sus productos para la venta, lo que genera grandes ganancias para los dueños de las empresas y las grandes marcas transnacionales.

A las trabajadoras se les siguen violentando sus derechos a pesar de las constantes denuncia, los derechos más violentados son: se les incumplen el traslado de cuotas de seguridad social, despidos injustificados, no pago de horas extras e indemnización, restricciones a la libertad y organización sindical, negativa  de permisos y/o descuentos para asistir a consultas médicas, discriminación por embarazo y maternidad, el cumplimiento al pago de retiro voluntario, entre otros.  Aunado a estas violaciones de sus derechos laborales y en condiciones más desfavorables encontramos también a las trabajadoras a domicilio que forman parte de las maquilas con modalidad de trabajo a domicilio,  identificando a  siete  empresas, de las cuales solo una ha registrado a 20 trabajadoras bajo dicha modalidad, pese al esfuerzo por denunciar y revindicar los derechos laborales de este sector, aun el Estado está en deuda, pues a pesar de sacar a luz y hacer esfuerzos continuos, ha sido imposible garantizar los derechos humanos laborales de las trabajadoras a domicilio específicamente de las bordadoras a domicilio.

Las empresas antes mencionadas  continúan  enriqueciéndose,  pero a un alto costo para las mujeres que se encuentran en este sector. Se han identificado a 300 mujeres organizadas en MT y se estima que el 50% han sido despedidas, y las que están trabajado para esas empresas están siendo víctimas de acoso laboral, malos tratos por parte de las supervisoras, el precio de la pieza ha disminuido; si antes pagaban  3.00 USD  por  una pieza costosa ahora la pagan 2.40 USD, lo que implica una reducción en su salario y un incremento en su jornada laboral, para poder obtener el mismo salario, ésta reducción en el precio  es como una represalia ya que las mujeres se encuentran organizadas en Mujeres Transformando.   Sumado a ello, las maquilas con modalidad a domicilio se desvincula de las trabajadoras y tratan de negar el vínculo laboral entre las bordadoras y ellos,  de tal forma que buscan desligarse de su responsabilidad laboral haciéndoles firmar contratos  fraudulentos de presentación de servicios, hecho que el legislador ya previo, por ello el Articulo 71 parte final del Código de Trabajo, establece que cualquier contrato análogo o simulado es considerado contrato a domicilio, por ende, no pueden desligarse de su obligación laboral, valiéndose de artimañas jurídicas, que traen como consecuencia, el descuento de impuesto sobre la renta (ISR), a cada pieza bordada, y al final la misma empresa realiza la declaración quedándose con el dinero y pagando 25.00 USD a quien le haga el favor de retirar la devolución, es decir, la empresa hace un doble robo, esta práctica es realizada por cuatro de las empresas denunciadas, hecho que aparte de violentar sus derechos laborales es un delito, que hoy abiertamente denunciamos.

Aunado a ello, el mayor obstáculo al cual se enfrentan las trabajadoras es las no ser reconocidas como trabajadoras de la empresa para la cual trabajan, ya que les niegan  el goce de sus derechos sociales como trabajadoras en dicho sector.  pues al momento de una inspección en la empresa, niegan las planillas y dicen no conocer a las trabajadoras, y de encontrarse en las instalaciones bordadoras las encierran hasta que el inspector termina la diligencia, e incumplen la obligación que mandata la legislación laboral en cuanto deben de inscribir en el registro que lleva la Dirección General de Inspecciones a las trabajadoras a domicilio; asimismo, es importante recalcar que la vigilancia del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, es primordial para lograr vincular a las trabajadoras a las empresas.

Por ello y por todas las violaciones que están sufriendo las trabajadoras de maquila y las trabajadoras a domicilio, hoy denunciamos y condenamos dichas violaciones que van en detrimento de los derechos de las mujeres trabajadoras:

Por todo esto DEMANDAMOS:

  1. A la Asamblea Legislativa, se aprueben las reformas al código de trabajo en el régimen especial de trabajo a domicilio entregadas el 22 de octubre de 2015, iniciativa de ley apoyada por el Grupo parlamentario de mujeres.
  2. Al Ministerio de Trabajo que garantice una mejora en las inspecciones de trabajo y vigile el cumplimiento de los Derechos Humanos Laborales en las diferentes maquilas textiles y sobre todo a las trabajadoras a domicilio de El Salvador y que solicite al Ministerio de Relaciones Exteriores comenzar con las gestiones para la ratificación del convenio 177 de la OIT sobre trabajo a domicilio.
  3. A las Diferentes maquilas textiles y las que tienen trabajo a domicilio que se respeten los Derechos Humanos Laborales de todas y todos los trabajadores.
  4. A la población en general a que se solidaricen con la situación que a diario enfrentas las y los trabajadores en las maquilas textiles y las que están inmersas en el trabajo a domicilio de El Salvador.

San Salvador, 31 de marzo de 2017

Con el apoyo de: Brücke Le  Pont

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CONSOLIDADO DE DENUCIAS DE MAQUILAS  ENERO A MARZO 2017

Nombre / Razón social.

Rubro económico

Marcas para las que trabajan Derecho Violentado N° de denuncias Fecha
1 American Park

Planta Balsamar

Maquila FRUIT OF THE LOOM

 

 

 

 

 

 

 

Agresor

Entrenador  que nos discrimina.

Juan Carlos Sandoval

 

 

 

  • Incumplimiento al derecho de estabilidad laboral
  • Amonestaciones arbitrarias
  • Despidos injustificados
  • Incumplimiento al derecho a la salud y seguridad ocupacional (Proporcionar equipo de protección)
  • Han eliminado el pago del bono de producción y aumentaron las metas.
  • Explotación laboral.
  • Horas extras obligatorias
  • Altas metas de producción
  • Negación de permisos
  • Despidos por organizarme en sindicato
  • Discriminación por edad, enfermedad.
  • Indemnización arbitraria, no acorde a lo que la ley establece.
 

5

 

 

 

 

 

 

 

6

febrero

 

 

 

 

 

 

 

 

2 American Park

Planta Lamatepec

Maquila FRUIT OF THE LOOM

JERSEY

 

 

Agresora

Unidad 6660

Supervisora Karla María López

 

 

  • Despidos injustificados.
  • Nos obligan a firmar hoja de renuncia.
  • Incumplimiento al derecho a la salud y seguridad ocupacional, nos dan equipo de protección.
  • Negacion de permisos personales.
  • Han eliminado el pago del bono de producción y aumentaron las metas.
  • Nos obligan a horas extras.
  • Despidos por organizarnos en sindicato.
  • Nos discrimina y humilla.Gerente de producción Roberto Guzmán
  •  Indemnizan cada año y no es acorde a la ley.
1  
3 DECOTEX   NIKI

ADIDAS

KIFOR ESPORT

  • Acoso laboral.
  • Falta de ventilación, se enferman por falta de aire.
  • Horas extras obligatorias
  •  Negación de permisos personales.
  • Discriminación por ser mujer, adulta y por enfermedad
  • Despidos por organización sindical.
  • Indemnizan cada año, y pagan no acorde a la ley.
4 Marzo
4 Confecciones el pedregal, carretera a Santa Ana Hanes Brand Maquila CHAMPION

ADIDAS

DISNEY

JORNES

 

 

Están despidiendo semanalmente por no cumplir metas,

  • Hay acoso laboral,
  • Exigen el 100% de productividad
  • Aumentos de metas, eliminación de pago del bono de producción
  • Incumplimiento al derecho a la salud y seguridad ocupacional, no proporcionan equipo de protección
  •  Violencia psicológica
  • Negación de permisos personales e ISSS
  • Horas extras obligatorias
  • Prohibición de organizarse.
  • Discriminación por edad y enfermedad.
  • No indemnizan de acuerdo a  la ley.
6 febrero

 

 

 

5 Export Salva

Planta Santa Ana

Maquila FRUIT OF THE LOOM
  • Incumplimiento de contrato de trabajo.
  • Negación de permisos, ISSS, personales
  • Despidos por organización sindical
  • Discriminación por enfermedad, edad.
  • No pagan indemnización de acuerdo a la ley.
  Marzo
6 Apple Tree Maquila SOFEE, JanSport, Academy, A4, BF, DALLAS, STARTER
  • Incumplimiento al derecho de estabilidad laboral
  • Incumplimiento al derecho de salud y seguridad ocupacional: uso de equipo de protección y comité de prevención
  •  Incumplimiento al derecho a contrato de trabajo
  • Incumplimiento al derecho de permisos personales, diligencias sindicales y judiciales
  • Incumplimiento al derecho a una jornada de trabajo de 8 horas diarias
  • Incumplimiento al derecho de organización y sindicalizació
  • Incumplimiento al derecho de no discriminación
  • Incumplimiento al derecho a la integridad física, emocional y sexual
  • Incumplimiento al pago de pasivo laboral (indemnización, aguinaldo y vacaciones) Se indemniza solo con el 70% para tener derecho a seguir trabajando
  • Falta de pago de incapacidades de 3 días
  • Incumplimiento al pago de horas extras (nos obligan a trabajar horas extras y las pagan como horas normales)
  • Incumplimiento al derecho de asistir al ISSS (si nos tardamos más de 2 horas en la consulta nos descuentan)
  Marzo
7 Hermanos Textil, planta 2 Maquila Gildan, Avil
  • Incumplimiento al derecho del trabajo
  • Incumplimiento al derecho de estabilidad laboral
  • Incumplimiento al derecho de salud y seguridad ocupacional: uso de equipo de protección y comité de prevención
  • Incumplimiento al derecho de permisos personales, diligencias sindicales y judiciales
  • Incumplimiento al derecho a una jornada de trabajo de 8 horas diaria
  • Incumplimiento al derecho de organización y sindicalización
  • Incumplimiento al pago de pasivo laboral (indemnización, aguinaldo, vacaciones) En esta empresa se indemniza al personal sin tomar en cuenta la antigüedad de cada persona

 

  Marzo

 

CONSOLIDADO DE DENUNCIAS DE TRABAJO A DOMICILIO DE ENERO A MARZO 2017

 

NOMBRE/ RAZON SOCIAL RUBRO ECONOMICO DERECHO VIOLENTADO MUJERES fecha
1 Jacabí S.A de CV Maquila ·         Despido Injustificado (sede judicial)

 

1 febrero
2 Jacabí S.A de CV Maquila ·         Despido Injustificado

(sede judicial)

1 febrero
3 Jacabi S.A de CV Maquila ·         Despido injustificados de bordadoras.

  • Falta de inscripción en el registro que lleva la Dirección General de Inspecciones. (Art.72 CT)
  • Incumplimiento al pago de cotizaciones de ISSS, AFP

·         Incumplimiento al derecho a un contrato de trabajo

  • Incumplimiento del pago del salario.

 

10 febrero
4 Velásquez Soto Maquila
  • Incumplimiento del pago del salario.
  • Incumplimiento al derecho de Estabilidad laboral
  • Falta de inscripción en el registro que lleva la Dirección General de Inspecciones. (Art.72 CT)

 

3 Marzo
5 Konffety,SA de CV Maquila ·         Despido injustificados de bordadoras

·         Malos Tratos de parte de las supervisoras

2 Marzo
6 Handworks

S. A de C.V

Maquila
  • Falta de inscripción en el registro que lleva la Dirección General de Inspecciones. (Art.72 CT)

 

3 Marzo

 

 

 

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